La Suprema Corte de Justicia en Casación




   Por Fernando RamĆ­rez Núñez.

Santo Domingo, RD. Especial para QUISQUEYA NOTICIAS.COM 


La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia recientemente conoció un recurso de  casación contra una sentencia de un embargo inmobiliario iniciado por una de las partes al amparo de la Ley 189-11, y declaró desierta la subasta por falta de licitadores y adjudicó el inmueble a una institución financiera.


La recurrente alegó, entre otros puntos, la desnaturalización de los hechos, irregularidades en el mandamiento de pago, inversión del fardo de la prueba, contradicción de motivos y violación a su derecho de defensa por supuestas notificaciones irregulares. 


Por su parte, la Suprema Corte de Justicia determinó que: Los cuestionamientos relativos al mandamiento de pago y otros incidentes del embargo no podían examinarse en casación, por tratarse de aspectos propios de decisiones incidentales distintas a la sentencia de adjudicación, lo cual consideramos con mucha razón procesal.


No se configuró desnaturalización de los hechos, ni vicios determinantes que afectaran la validez del fallo.


Tampoco se vulneró el derecho de defensa, de acuerdo a lo dictado en las formalidades previstas en la Ley 189-11, en consecuencia la Suprema Corte rechazo justamente el recurso de casación y condenó al recurrente al pago de las cotas.


Analizando el fondo del proceso, la Alta Casa de Casación, procedió correctamente al dictaminar su decisión judicial.


(ContinuarĆ”)

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